Diario Libre

¿Es necesario pedir permiso a Interior y Policía para protestar?

Sociedad· 5 d

RESUMEN DEL ARTÍCULO

Resumen: ¿Permiso o notificación para protestar en República Dominicana?

PUNTOS IMPORTANTES

La reciente dispersión con bombas lacrimógenas de una marcha de agrónomos que se dirigía al Palacio Nacional ha reavivado el debate sobre los límites del derecho a la protesta en República Dominicana. Mientras el Ministerio de Interior y Policía justificó su accionar argumentando que la manifestación carecía de la autorización correspondiente, diversos juristas consultados aclaran que la Constitución no exige un permiso previo, sino una notificación a las autoridades para garantizar la seguridad y el orden público.

El artículo 48 de la Constitución dominicana, proclamada en 2024, establece que "toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos". Sin embargo, la ley también faculta al Estado a tomar medidas para preservar el orden y proteger los derechos de terceros. Los abogados consultados coinciden en que la clave está en la diferencia entre "permiso" y "notificación": lo que se solicita no es una autorización que pueda ser denegada arbitrariamente, sino un aviso previo para que las autoridades puedan coordinar la logística y evitar conflictos.

El jurista Julio Cury explicó que si el derecho a protestar dependiera de un permiso, este podría ser negado a quienes se oponen al gobierno, lo que lo haría ilusorio. No obstante, advirtió que el derecho a la manifestación no es absoluto y debe ponderarse con otros derechos fundamentales, como la vida, la integridad física y la libre circulación. Por ello, si un grupo no notifica su protesta, las autoridades estarían facultadas para prohibirla, ya que se estaría poniendo en riesgo el orden público y los derechos de la comunidad.

En contraste, los abogados Manuel Sierra y Pedro Jacobo subrayaron que, una vez realizada la notificación, ninguna entidad estatal puede impedir la realización de la protesta. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado en el mismo sentido, dejando claro que no se necesita autorización para manifestarse, pero sí se debe informar a Interior y Policía para garantizar la seguridad de los manifestantes y de quienes no participan. Esta distinción busca equilibrar el ejercicio de un derecho fundamental con la responsabilidad del Estado de proteger a todos los ciudadanos.

Los incidentes del miércoles, que dejaron al menos dos personas afectadas por gases lacrimógenos, evidencian la tensión entre la garantía constitucional y la interpretación de las autoridades. Mientras los profesionales agropecuarios reclamaban reivindicaciones sectoriales, la falta de not

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