Diario Libre
Nueva sentencia para consentimiento matrimonio discapacidad
RESUMEN DEL ARTÍCULO
El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia histórica que transforma la manera en que las personas con discapacidad del habla pueden contraer matrimonio en el país. A través de la Sentencia TC/0492/24, el alto tribunal estableció que el consentimiento matrimonial ya no debe ser exclusivamente verbal, sino que puede expresarse mediante lenguaje de señas, comunicación aumentativa y alternativa, comunicación táctil, escrita o incluso a través de dispositivos tecnológicos. Esta decisión busca garantizar que el "sí, acepto" sea accesible para todos, independientemente de su condición.
PUNTOS IMPORTANTES
La resolución surge como respuesta a una acción directa de inconstitucionalidad presentada por los ciudadanos Zurisadai Abreu Espinal, Félix Antonio Sierra Sepúlveda y Anli Esther Ortega Tineo. Los demandantes impugnaron el artículo 167 de la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil, que exigía que el consentimiento matrimonial se manifestara de forma verbal y por escrito. Argumentaron que esta disposición vulneraba los derechos a la igualdad, a la familia y a la protección de las personas con discapacidad, consagrados en los artículos 39, 55 y 58 de la Constitución.
El TC acogió los argumentos de los accionantes al considerar que la norma impugnada no ofrecía alternativas razonables para quienes tienen discapacidades que les impiden expresarse oralmente. El tribunal subrayó que la falta de opciones comunicativas constituía una barrera discriminatoria que limitaba el ejercicio pleno del derecho a contraer matrimonio. Con este fallo, se reconoce que la voluntad de casarse puede manifestarse por medios distintos a la palabra hablada.
La sentencia representa un avance significativo en la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito del derecho civil. Al permitir el uso de lenguaje de señas, comunicación táctil o escrita, y herramientas tecnológicas, el TC elimina obstáculos que históricamente han excluido a este sector de la población. La decisión también envía un mensaje claro sobre la necesidad de adaptar las leyes a las realidades de todos los ciudadanos.
Como consecuencia inmediata, los oficiales del Estado Civil deberán ajustar sus procedimientos para recibir el consentimiento matrimonial a través de estos métodos alternativos. Se espera que esta medida facilite que más personas con discapacidad del habla puedan ejercer su derecho a formar una familia sin trabas burocráticas. La sentencia sienta un precedente que podría inspirar reformas en otras áreas del derecho para garantizar la accesibilidad universal.